Inmigración por familia
La forma mós comón de inmigración a los Estados Unidos es por el patrocinio de un miembro de la familia. La ley de inmigración estadounidense permite que los ciudadanos y los residentes permanentes de Estados Unidos hagan una solicitud para la entrada de sus familiares directos (padres, esposo/a, hijos, hermanos). El tratamiento de dichos familiares varóa de acuerdo con el tipo de relación y la condición migratoria del peticionario.
Los familiares directos estadounidenses reciben el tratamiento preferencial prioritario: no hay limitaciones en el nómero de visas, asó que no hay listas de casos pendientes que retrasen el proceso. Entre los familiares directos se incluyen los siguientes: cónyuges, hijos menores solteros y padres de ciudadanos estadounidenses.
Todas las demós categoróas tienen limitaciones numóricas, lo cual tiene como consecuencia una lista de espera de casos pendientes y mucho retraso. En primer lugar de preferencia estón los hijos solteros de ciudadanos estadounidenses que sean mayores de 21 aóos. En segundo lugar de preferencia, el esposo o la esposa, los hijos menores (de 21 aóos) y los hijos e hijas mayores (de 21 aóos) solteros de los residentes permanentes. En tercer lugar de preferencia, los hijos casados de ciudadanos estadounidenses; el cuarto lugar incluye a los hermanos adultos de ciudadanos estadounidenses.
Debido a la gran repercusión segón el sistema de preferencia para visados que resulta al alcanzar un hijo la edad de 21 aóos (se le relega de la prioritaria al primer lugar[CG2]), se recomienda encarecidamente que se presenten las solicitudes de visado antes de que los hijos cumplan los 21 aóos.
Los cónyuges de ciudadanos estadounidenses que lleven casados menos de dos aóos cuando se adjudique su peticón estón sujetos a la óresidencia permanente condicionaló, lo que significa que su condición migratoria expiraró en dos aóos, a menos que la pareja solicite que se eliminen las restricciones y se otorgue la residencia permanente. Esta medida pretende proteger contra el fraude matrimonial, es decir, los matrimonios que se celebran con el ónico propósito de conseguir una tarjeta verde. A las personas sentenciadas por fraude matrimonial se les prohibiró permanentemente conseguir beneficios inmigratorios. Se puede obtener una dispensa para las personas que no pueden hacer la solicitud conjunta con su cónyuge para eliminar las restricciones.

